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lunes, 1 de agosto de 2016

Programaciones didácticas y Planes de orientación y acción tutorial

Hoy os aporto una serie de proyectos elaborados por mí, donde muestro algunas propuestas (algunas ahora las haría de otra manera, cuando tenga más tiempo, ya que desde que los hice, he aprendido nuevas cosas y tengo nuevas ideas) para elaborar una programación didáctica anual para Educación Primaria, una globalizada (Andalucía) y otra sobre un área específica (Educación Plástica y Visual), y una muestra de un Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT), también conocida como "programación del departamento de orientación" de un instituto de educación secundaria (IES):





jueves, 23 de junio de 2016

Criterios de calificación de los estándares de aprendizaje evaluables

A raíz de algunas consultas que he recibido, he decidido crear esta entrada aclarando algunos aspectos sobre los estándares de aprendizaje evaluables. Como sabéis, en la LOMCE se incluyó un nuevo elemento: Los estándares de aprendizaje evaluables, que son concreciones de los criterios de evaluación, para ayudarnos a evaluar los aprendizajes del alumnado. Estos estándares se deben clasificar en tres categorías: Básicos, intermedios y avanzados. Los estándares básicos son aquellos que se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda progresar de forma adecuada en la etapa educativa. Obviamente representan el mayor número de todos, porque son aquellos que son imprescindibles para considerar que el alumnado ha desarrollado en un nivel aceptable sus competencias claves, para desenvolverse en la vida cotidiana teniendo en cuenta su edad, etapa y para, posteriormente, desenvolverse adecuadamente en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria. Es posible que en algunas normativas autónomas vengan ya clasificados, pero si no es así, podemos nosotros mismos hacer esa clasificación por lógica, pero siempre un número proporcional a cada categoría según la ponderación que tiene cada categoría en la calificación del alumnado. En vuestras programaciones, podríais directamente crear una tabla de categorías con todos los estándares clasificados en básicos, intermedios y avanzados. Los estándares avanzados son ya más específicos y profundizados para la edad y nivel de desarrollo cognitivo en el que se encuentra el alumnado en esa etapa y nivel.

Los criterios de calificación adecuados para estas categorías son los siguientes: Básicos 50%, Intermedios 40% y Avanzados 10%. Cada trimestre, se deberá calcular la nota media que ha obtenido el alumnado, a través de una media ponderada, según las puntuaciones obtenidas en cada categoría. Si ha alcanzado todos los estándares básicos, pues obtendrá un Suficiente en la evaluación. La no consecución de algunos de los estándares básicos le irá restando puntos. ¿Cómo sé cuánto debo restarle o sumarle? Pues debes repartir los 5 puntos que se otorgan entre todos los estándares básicos. Es decir, si has incluido 10 (no sé cuántos son), pues reparte los 5 puntos entre los 10 estándares, y entonces por cada estándar alcanzado sumas 0'5 puntos. Si quieres, puedes crear una rúbrica para cada categoría, donde cada ítem sería cada uno de los estándares de aprendizaje que has incluido, y con una escala de 3 ó 4 puntuaciones, donde 0 sea lo más bajo y 0'5 lo más alto. Por ejemplo: 0-0'25-0'5. Es orientativo para saber cómo calificar al alumnado de forma objetiva y cualitativa. Luego sumas todas las puntuaciones y obtienes la calificación total en el apartado de "Estándares básicos". El procedimiento a seguir para los estándares intermedios y avanzados es el mismo. Luego, sumas las calificaciones obtenidas en cada categoría y ahí tienes la calificación total.

Recordad que solamente son para los cursos donde se trabaja la LOMCE, no se debe mencionar esto en la LOE.

viernes, 1 de abril de 2016

Acceso al ejercicio como orientador educativo desde otras especialidades: Maestros y educadores sociales

Estoy encontrándome muchas consultas de personas que desean trabajar como orientadores educativos en centros de enseñanza pública y privada, pero que no estudiaron ninguna de las titulaciones preferentes "fetiche": Pedagogía, Psicología y Psicopedagogía. Luego, además de ello, la desaparición de la Licenciatura de 2º ciclo de Psicopedagogía deja a muchos maestros con la incertidumbre de cómo poder aspirar a trabajar como orientadores al no poder graduarse a partir de estudiar esa licenciatura. Por ello, he decidido crear esta entrada (algo precipitada, ya que recientemente he publicado otra de las "programadas") para aclarar algunas dudas.

Habitualmente, los que estáis interesados en ejercer como orientadores sois personas que habéis estudiado alguna carrera relacionada con la educación, principalmente educación social o magisterio (o los grados de Educación Primaria o Infantil, respectivamente), en relación a aquellos que no hayan estudiado ni Pedagogía ni Psicología ni Psicopedagogía. Voy a intentar justificar las posibilidades de poder trabajar como orientadores partiendo de la legislación existente:
  1. En el supuesto de que seáis diplomados en Magisterio o en Educación social, necesitáis graduaros. Os recomendaría entonces hacer el curso de adaptación al grado por la especialidad vuestra, y así obtener los requisitos para poder presentaros a oposiciones para el cuerpo de profesores de Secundaria, donde se encuentra la especialidad de "Orientación educativa".
  2. Una vez superado esto o si ya sois graduados (sirve si sois diplomados en Magisterio y aparte graduados o licenciados en otra carrera diferente), tenéis que estudiar el Máster de formación del profesorado, especialidad Orientación educativa. Esto os aportará las competencias en orientación educativa, útiles para poder aspirar a puestos de trabajo en centros privados, y esencial tener la formación pedagógica para poder presentaros a las oposiciones.
  3. Ahora, pues podéis presentaros a procesos selectivos en centros privados, ya que reunís dos condiciones: (1) Ser licenciados o graduados, y (2) disponer de formación específica para ejercer de orientadores, con un número de horas más que suficiente. Luego os recomiendo hacer cursos específicos de orientación educativa para tener más posibilidades. Eso sí, esta parte de los centros privados es más subjetiva, porque aunque legalmente, según el el artículo 5.2 del Real Decreto 860/2010, de 2 de julio, por el que se regulan las condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria o de bachillerato, cumpláis los requisitos, luego las personas encargadas de seleccionar a los aspirantes pueden tomar como preferencia el que tengáis una de las titulaciones preferentes. 
  4. También podéis presentaros a las oposiciones, ya que según el artículo 13.2 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes, te obliga solamente a ser Graduado y a tener el Máster para poder presentarte a las oposiciones. No te exige previamente tener una especialidad, puesto que el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria, solamente concreta las titulaciones preferentes para impartir las materias, pero no incluye nada de la "Orientación educativa" porque ésta no es una asignatura. Podéis presentaros a las oposiciones por esa especialidad y optar a la plaza y TAMBIÉN a entrar en la bolsa ordinaria de interinos. Aprobar todas las pruebas te dará la especialidad de "Orientación educativa", e incluso puedes ir con ese aprobado a los centros privados para certificar más de que tienes las competencias adquiridas.
  5. A lo que no podéis presentaros es a convocatorias de acceso a bolsas extraordinarias, que son aquellas que se abren cuando no hay suficientes aspirantes dentro de las bolsas ordinarias de las especialidades citadas para cubrir todas las necesidades. Para ellas, como el procedimiento de acceso es más suave, sea a través de una única prueba o incluso de ninguna, pues exigen presentar una de las titulaciones preferentes (Pedagogía, Psicología, Psicopedagogía).
Esto es lo que ahora es factible teniendo en cuenta la legislación que he ido citando. Eso sí, en cualquiera de los casos, tenéis que estudiar el Máster de Formación del profesorado de Secundaria por la especialidad de "Orientación educativa".

martes, 8 de diciembre de 2015

Análisis de las propuestas del Libro Blanco sobre la profesión docente y el entorno escolar, elaborado por José Antonio Marina

Como sabéis, el actual Ministro de Educación, Cultura y Deporte, D. Íñigo Méndez de Vigo, le pidió al filósofo y pedagogo, D. José Antonio Marina, la elaboración de un libro blanco sobre la profesión docente y su entorno escolar, con vistas a elaborar nuevas propuestas para reformar las actuales leyes educativas, aunque haciendo especial hincapié en la formación del profesorado, el acceso a la función docente y en la evaluación del profesorado. He decidido elaborar una entrada con reflexiones personales sobre las propuestas que ha hecho el equipo de Marina, haciendo equipo con Carmen Pellicer y Jesús Manso. Esta entrada será actualizada, como si fuera una wiki, para ir aportando nuevas ideas que se me vayan ocurriendo. Podéis acceder al Libro Blanco haciendo clic aquí.

Más bien me centraré en hacer preguntas, algunas de ellas ya formuladas en un correo electrónico habilitado para ello (libro.blanco@mecd.es):

1-Éste es el nuevo sistema de acceso a la función docente propuesto por José Antonio Marina en su libro blanco:


Se destaca que, al finalizar el Grado, los aspirantes deben superar una prueba nacional que permitirá evaluar si posee los conocimientos y competencias esenciales para la docencia, y a partir de ahí poder escoger un Centro Superior de Formación del profesorado de su elección o no, dependiendo de la posición en que quede (habrá ayudas para facilitar la movilidad del alumnado). Al parecer se tiene la intención de que solamente sean seleccionados un grupo determinado de aspirantes, ya que el sistema no puede absorber a todos los aspirantes a la docencia. Se dice, en el Libro blanco, que hay el triple de maestros/as que el sistema pueda absorber para darles trabajo. Una vez superada la prueba y escogido el Centro Superior de Formación del Profesorado, se estudia el Máster (de la especialización escogida) y se realizan dos años de prácticas remuneradas. A partir de ello, se obtiene un "Diploma de aptitud", que habilita a la persona para ejercer la docencia. Luego, puede optar por dos vías: (A) Presentarse a las oposiciones para trabajar en la escuela pública, o (B) presentar su candidatura en centros privados y concertados. Aquí surgen algunas preguntas:
  1. ¿Todas las personas que se presenten a la prueba nacional podrán terminar haciendo el Máster y las prácticas remuneradas si la superan, o será a partir de una nota cuando podrán hacerlo? ¿Habrá titulados en Magisterio que, a pesar de tener el Grado, no podrán nunca ejercer la docencia si no se alcanza una nota determinada (el "numerus clausus")? ¿No sería mejor limitar el número de plazas en las facultades de ciencias de la educación y escuelas universitarias de magisterio, y pasar una prueba de acceso previa en éstas, como proponía el PSOE?
  2. ¿El sistema puede permitirse pagar dos años de prácticas remuneradas y a la vez pagar los salarios del profesorado interino, sobre todo de aquellos que realizan sustituciones, o es que a cambio se reducirán las plazas de interinos para cubrirlas con las de los aspirantes en prácticas o "becarios"? ¿Conllevará este sistema el despido de miles de interinos?
  3. Sigo con los docentes interinos: Aquellos que actualmente se encuentren dentro de las bolsas de trabajo de la Administración pública, tengan o no tiempo de servicio, ¿tendrían que pasar por todo este proceso, o ya tendrían todo este proceso "convalidado"? ¿Pasaría lo mismo, de ser así, con todas aquellas personas que se han titulado previamente a la implantación de este sistema, y que no se encuentran en esas bolsas por estar trabajando en centros privados, o en la educación no formal, en la enseñanza universitaria o en trabajos no relacionados directamente con la educación?
  4. El Máster y la consecución del Diploma de Aptitud, ¿también deben hacerlo los graduados en Educación Infantil y Educación Primaria? Entiendo este procedimiento para aquellos graduados que aspiren a ser docentes en las etapas de Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, etc., pero, ¿y los maestros y maestras? ¿Deben entonces cursar un Máster también y superar los dos años de prácticas? Actualmente, en los grados de Maestro, tienen al menos seis meses de prácticas, además de una profunda formación didáctica. En el apartado 6 del Libro docente, se especifica que habrá un Máster de formación del profesorado para Educación Infantil y Educación Primaria. ¿Pero es que acaso la carrera no les prepara para esto ya, en los cuatro años y teniendo al menos seis meses de prácticas? ¿No sería mejor reformar los planes de estudio de las enseñanzas de Grado en Educación Infantil y en Educación Primaria? ¿Para qué está la carrera universitaria?
  5. No habéis tocado para nada el actual sistema de oposiciones. Simplemente habéis planificado más etapas en la etapa de acceso a la función pública docente, pero no se menciona si se cambiará el sistema de oposiciones, el cual muchos consideran desfasado e injusto. Deja esta competencia a las administraciones públicas, sin decir nada más. ¿No deberían de haber trabajado este tema? Es precisamente algo que muchos se quejan.
2-Evaluación del profesorado:
  1. Sugerís que el alumnado pueda evaluar al profesorado. Esto se hace en las universidades, donde al final de cada asignatura se pasan unas encuestas para valorar la asignatura y la labor docente. Pero, ¿debe influir verdaderamente en las condiciones laborales del profesorado? ¿Y si el alumnado solamente puntúa bien a aquellos docentes con los que ha aprobado "a la primera"? ¿Y si se realiza una evaluación subjetiva? ¿Y si el profesorado sube las notas para que el alumnado le valore bien? Esto ya se realiza en Estados Unidos, y es objeto de numerosas críticas.
3-Orientación laboral (actualizado 26/01/2016):

Publiqué este párrafo en un debate en Linkedin: "Veo muchas declaraciones de intenciones, pero pocas propuestas concretas. Yo creo que deberían constituirse, de forma oficial, en relación a lo que explican sobre "orientación laboral", un sistema de relaciones entre orientadores educativos y orientadores laborales, como los que se encuentran en las asociaciones pertenecientes a la Administración educativa. Al menos una vez cada dos semanas o al mes debería convocarse una reunión entre orientadores educativos y al menos un orientador laboral para informarles del estado del mercado laboral, de las demandas que exige en cuanto a formación y desarrollo de competencias, estrategias de búsqueda de empleo (actualización), procesos de selección (me refiero a que orienten con nuevas ideas para que el alumnado aprenda a superar una entrevista de trabajo), etc., y luego los orientadores incluirán estas referencias en los POAT para trabajarlo en las aulas a partir de materiales diversos como los que suelen ya elaborar, y orientar al profesorado para que sepan cómo poder desarrollar estas competencias desde sus asignaturas. Bueno, es solo una idea, creo que no requeriría una gran inversión, si acaso mejorar las relaciones entre las consejerías de educación y de empleo en ese sentido, y regular estos vínculos."

Como he dicho, seguiré actualizando esta entrada poco a poco, a medida que me surjan más ideas. Os animo a seguir debatiendo y planteando nuevas cuestiones.



martes, 27 de octubre de 2015

Puestos específicos y habilitaciones en Educación Primaria y Secundaria

He recibido consultas de personas que tienen dudas acerca de cómo aspirar a determinados puestos específicos o roles que se desarrollan concretamente dentro de los centros de enseñanza pública o incluso en centros privados, o para adquirir determinadas especialidades para impartir materias específicas. Ello me ha inspirado a crear esta entrada, con el objetivo de dar unas orientaciones básicas sobre cómo poder aspirar a ese tipo de puestos de trabajo.

En las convocatorias de oposiciones que se ofertan al cuerpo de Maestros o al cuerpo de Profesores de Secundaria, además de las vacantes tradicionales en donde debes dar clase a un grupo de alumnos y alumnas determinado, también dentro de esas plazas se encuentran vacantes de carácter específico. Muchas de estas plazas se pueden escoger de forma voluntaria cuando rellenemos la solicitud correspondiente, sea en uno de los anexos de la misma convocatoria (caso de Andalucía) o en una convocatoria aparte que se abra y de la cual hay que estar muy pendiente (caso de la comunidad de Madrid). ¿Qué tipo de puestos son estos?:
  • Docencia en centros de educación permanente (o centros de educación para personas adultas, según la comunidad autónoma) en centros penitenciarios.
  • Docencia en centros de acogida a menores, en centros penitenciarios de menores y en residencias de estudiantes.
  • Maestros pertenecientes al cuerpo de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica, para impartir clase en programas de educación compensatoria o de apoyo.
  • Maestros en Programas de transición a la vida adulta y laboral.
  • Maestros en ciclos de formación profesional básica para alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales.
Luego, las delegaciones provinciales de educación o direcciones de área territorial (en el caso de comunidades uniprovinciales, como es el caso de Madrid), lanzan convocatorias para cubrir puestos específicos. A estas plazas pueden presentarse funcionarios de carrera, funcionarios en prácticas, funcionarios interinos con tiempo de servicio, y en casos más especiales aquellos que, aunque no tengan tiempo de servicio, pertenecen a la bolsa de trabajo de la Administración pública. En algunos casos, si es un puesto de trabajo con un perfil demasiado específico, abren bolsas de carácter extraordinario. En algunas comunidades autónomas, forman bolsas extraordinarias donde se encuentran aquellas personas que no pertenecen a las listas ordinarias por haber suspendido la fase de oposición y no haber aprobado nunca antes, o que pertenecían a las listas ordinarias pero suspendieron al menos las dos últimas convocatorias de oposiciones y han quedado fuera de las listas ordinarias, o que al menos aprobaron una de las pruebas. En otras, directamente lanzan la convocatoria para inscribirse a ellas, pudiendo inscribirse personas que formen parte de las bolsas de trabajo. Sobre todo ahora esto se hace con los puestos de carácter bilingüe, pero os digo que depende de cada comunidad autónoma. ¿Qué tipo de puestos pueden cubrirse de esta manera?
  • Profesorado que imparte docencia en las Aulas Temporales de Adaptación Lingüística o Aulas de enlace, que son aquellas creadas para trabajar la enseñanza de la lengua española a alumnado inmigrante, perteneciente al grupo de "incorporación tardía". Se requiere, básicamente, ser maestro (Primaria, Lengua extranjera, Pedagogía Terapéutica o Audición y Lenguaje, esas son las especialidades preferentes) y, si no se tiene experiencia laboral previa, acreditar al menos 60 horas de formación en enseñanza del español como lengua extranjera. Hay muchos cursos ofertados por los centros de idiomas de las universidades que cumplen estos requisitos. Eso sí, esta profesión es itinerante, así que es recomendable que penséis si estáis dispuestos a ir a trabajar a varios centros y disponéis de coche para ello.
  • Profesorado perteneciente a los programas aulas itinerantes en circos, que son aquellos docentes de aquellos niños que, debido a la profesión itinerante de sus padres y madres, no pueden ser escolarizados en ninguna escuela. Son los casos de los niños y niñas cuyos padres son empleados de un circo, y el profesor se traslada con ellos viviendo en una caravana y teniendo montada un aula dentro de dicha caravana. Pertenecen a los planes de educación compensatoria.
  • Especialistas para impartir módulos en Formación profesional de los cuales no haya suficientes especialistas en las bolsas destinadas a una provincia determinada, o sean de nueva creación.
  • Especialistas que impartan apoyo a alumnado que presenta una necesidad específica de apoyo educativo determinada (por ejemplo, altas capacidades intelectuales o el trastorno espectro autista, entre otros), con su correspondiente especialización.
  • Especialistas en atención temprana dentro de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica.
  • Asesores en los centros de formación del profesorado, o centros regionales de innovación y formación del profesorado, según la denominación que tenga en cada comunidad autónoma. Para estos debes ser funcionario de carrera con un tiempo mínimo de tiempo de servicio.
  • Profesorado de Atención domiciliaria, dentro de los planes de compensación educativa, para aquellos alumnos y alumnas que, dada su enfermedad, no pueden asistir a clase.
  • Profesorado especialista de Aulas hospitalarias, según el caso.
Son algunos ejemplos de roles que podéis ejercer, y algunas de estas plazas se ofrecen de carácter voluntario cuando rellenáis los formularios para escoger vuestros destinos y centros educativos preferentes, o se ofertan desde la dirección de área territorial o delegación provincial pertinentes. En muchos casos os exigirán una especialización, o al menos haber cursado un mínimo de horas de actividades formativas o que acreditéis experiencia laboral previa. 

En cuanto a las habilitaciones para adquirir nuevas especialidades docentes, habitualmente en la convocatoria de oposiciones suelen a su vez convocar un procedimiento para adquirir determinadas habilitaciones para aquellos que sean funcionarios de carrera. Si habéis trabajado un mínimo de dos cursos o 12 meses, más o menos (dependerá de la comunidad autónoma) ejerciendo en un rol determinado (por ejemplo, impartiendo una materia de otro cuerpo u especialidad), u os habéis estudiado una carrera que es requisito de formación inicial para impartir esa materia o que ofrece una formación complementaria que permite reunir las competencias restantes que os quedaban para poder ejercer ese rol, podéis solicitar la habilitación. Por ejemplo, si eres Maestro de Educación Primaria y estudias el Grado de Logopedia, puedes pedir la habilitación para ejercer de Maestro de Audición y Lenguaje. La parte didáctica la tienes de cuando estudiaste magisterio, y el apartado de diagnóstico e intervención de los trastornos en lenguaje oral y escrito lo adquieres durante la carrera de Logopedia, aunque obviamente en un enfoque más clínico que escolar, que en teoría la titulación de magisterio te lo aporta. Una cosa es la teoría y otra la práctica, ya cada cual deberá formarse en lo que vea conveniente. Los requisitos soléis tenerlos en las convocatorias pertinentes, en sus anexos.

En centros privados, si queréis trabajar impartiendo materias que no son las propias por las que os correspondería por vuestra titulación, podéis hacerlo si cumplís al menos uno de estos requisitos, siempre y cuando seáis licenciados o graduados universitarios:
  • Si en su día te presentaste a las oposiciones por esa especialidad y superaste el proceso selectivo, aunque no consiguieras una plaza.
  • Demostrar que tenéis experiencia laboral previa impartiendo esa materia, de al menos dos cursos académicos o 12 meses acumulados si lo habéis hecho en cursos sueltos.
  • Habéis cursado al menos 24 créditos ETCS de una titulación de las que son requisito de formación inicial para impartir esa materia.
  • Habéis cursado 24 créditos ETCS de actividades de formación del profesorado en esa materia o especialidad. Hay academias o centros de formación que imparten cursos específicos enfocados a cumplir los requisitos para obtener la habilitación.
  • Habéis cursado el Máster de Formación del Profesorado de Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas por la especialidad a la que queréis optar.
Os recomiendo consultar el Real Decreto 860/2010, de 2 de julio, por el que se regulan las condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria o de bachillerato, y sus modificaciones en el Real Decreto 665/2015, de 17 de julio, por el que se desarrollan determinadas disposiciones relativas al ejercicio de la docencia en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato, la Formación Profesional y las enseñanzas de régimen especial, a la formación inicial del profesorado y a las especialidades de los cuerpos docentes de Enseñanza Secundaria, con sus respectivos anexos. El Ministerio de Educación publicó a finales de 2014 un proyecto de decreto que configuraba las especialidades docentes y las materias que podrían impartir, pero tras presiones sindicales, fue retirado. Aquí tenéis una tabla comparativa entre la anterior normativa y la nueva, aportada por la UGT, que os aclara un poco las materias que podríais impartir y las especialidades requeridas para impartir otras.

martes, 13 de octubre de 2015

Competencias clave y Objetivos de área en la LOMCE

Entre las consultas que estoy recibiendo, recibí una muy interesante acerca de los objetivos de área dentro de los decretos que regulan el currículum en la etapa de Educación Primaria. Habitualmente, cuando hemos realizado una programación didáctica para la etapa de Educación Primaria, al menos desde que se aprobó la LOE y surgieron las competencias básicas, hemos seguido el siguiente esquema: Competencias básicas - Objetivos generales de etapa - Objetivos de área - Bloques de contenidos - Criterios de evaluación. Hemos tenido en cuenta estos referentes a la hora de diseñar nuestras programaciones didácticas, basándonos en los objetivos de áreas y en los bloques de contenidos para diseñar los objetivos didácticos dentro de nuestras unidades didácticas, enfocado a la metodología de enseñanza-aprendizaje y a lo que pretendíamos trabajar con nuestros alumnos y alumnas. En los anexos del ya derogado Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, encontrábamos la relación que tenía cada asignatura con el desarrollo de las competencias básicas, los objetivos por ciclo, los contenidos por ciclo y los criterios de evaluación, también por ciclos. Con la aprobación de la LOMCE y el surgimiento del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de Educación Primaria, tuvimos algunos cambios interesantes:
  • Seguimos diseñando las programaciones con vistas a desarrollar unas competencias, solo que ahora no se denominan "competencias básicas", sino "competencias clave", al ser la traducción literal del concepto que se utiliza en la Unión Europea. Su finalidad y características son las mismas, solo que ahora en vez de 8 competencias (9 había en Castilla-La Mancha), ahora son 7, aunque simplemente fusionándose algunas de éstas y quedando entonces pues las 7 que hay ahora. Es solamente cambiar la relación de competencias, la denominación de algunas y, por supuesto, cambiarle el nombre a las competencias, pero su finalidad sigue siendo la misma.
  • Si consultamos los anexos del Real Decreto 126/2014 antes mencionado, podemos comprobar que tenemos la siguiente tabla: Contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables. El nuevo elemento que encontramos son los "estándares de aprendizajes evaluables", que solamente son especificaciones de los criterios de evaluación, para saber qué debemos evaluar con respecto al aprendizaje del alumnado. 
  • Pero ahora echamos en falta lo siguiente: Los objetivos de área. Si analizamos la Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato, vemos que tampoco se mencionan los objetivos de área, y que el artículo 4 de dicha normativa menciona la relación entre las competencias clave y los objetivos generales de etapa. Pues bien, ¿cómo reflejamos esto en la programación?
A raíz de las consultas que he realizado y de mis propias reflexiones, he llegado a la siguiente conclusión, sobre lo que haría, pensando sobre todo en los opositores que no saben qué deben escribir cuando tengan que desarrollar los temas que hablen del currículo de las principales áreas que imparten en Educación Primaria (si no me equivoco, son los temas 7, 11, 12, 14 y 20 del todavía vigente temario del Cuerpo de Maestros, especialidad Educación Primaria, a la espera de que sea cambiado en un futuro):
  • Cuando en el temario debamos hablar de los objetivos, una vez que definamos qué son los objetivos, estaría bien mencionar aquellos objetivos generales de etapa relacionados directamente con el área de la que estemos hablando, y los que se puedan trabajar de forma transversal. 
  • Luego, debemos mencionar que la LOMCE decidió retirar los objetivos de área, pero que nosotros necesitamos plantear, partiendo de los objetivos generales de etapa y de la propuesta de contenidos y criterios de evaluación, una serie de "objetivos didácticos" que deben guiar el desarrollo de nuestras prácticas educativas con respecto al área al que nos estemos refiriendo. Sería redactar, a modo de síntesis, una serie de objetivos que planteamos nosotros como "objetivos didácticos" para todo el curso. Nosotros los profesionales de la educación no tenemos competencias para diseñar nuevos elementos dentro de los currículum, pero sí adaptarlos a nuestro contexto y a la programación de aula partiendo de lo establecido en la legislación estatal y autonómica. Si revisamos la mayoría de los decretos autonómicos, tampoco incluyen los objetivos de área, puestos que éstos son derivados del Real Decreto 126/2014, el estatal. La excepción es Andalucía, en los anexos de su Orden de 17 de marzo de 2015, donde sí incluye los objetivos de área.
  • A la hora de hacer la programación de aula con sus unidades didácticas, una buena referencia de estos objetivos didácticos sería tener en cuenta los estándares de aprendizaje o los criterios de evaluación. Simplemente sería reformularlos, siempre en infinitivo, y adaptarlos a nuestras unidades didácticas.
Solamente son algunas orientaciones para aquellos que estén confusos, o que estén comenzando a prepararse ahora las oposiciones y en su momento, cuando estuvieron estudiando, tomaron como referencia la legislación de la LOE porque todavía la LOMCE estaba en preparación, más si tenemos en cuenta que muchos este año podían escoger un curso par donde todavía se trabajaba la LOE, en aquellas de esas comunidades autónomas donde permitían escoger un curso par o impar y utilizar la legislación pertinente para cada una de ellas (es a partir del curso 2015-2016 cuando se ha implantado la LOMCE en los seis cursos, mientras que el curso anterior solamente los cursos impares implantaron la LOMCE y los pares todavía se basaban en la LOE). En otras comunidades, como Madrid, debía diseñarse la programación basándose en la LOMCE, sea cual fuera el curso que escogieras. Ya obviamente esto da igual porque la LOMCE se ha implantado ya en los seis cursos de Educación Primaria. Para Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, lo que he explicado de los objetivos de área se aplica igualmente, ya que la Orden ECD/65/2015 se aplica también a estas etapas educativas.

jueves, 6 de agosto de 2015

Revisando los sistemas de acceso a la función pública docente: Cambiemos las oposiciones de educación

Desde hace muchos años, se lleva cuestionando el sistema de acceso a la función pública docente. Partidos políticos, sindicatos, profesores universitarios, etc., han diseñado diferentes propuestas para seleccionar a los mejores docentes y sobre todo que reciban una mejor formación práctica. Sobre todo esto es más importante para aquellos que vayan a ejercer en etapas educativas superiores a Educación Primaria, donde han recibido una menor formación didáctica y psicológica, y han tenido menos prácticas en centros educativos. Se han difundido interesantes movimientos como el N.A.D, el Nuevo Acceso Docente. Ciertamente apoyo sus principios básicos, que son la no caducidad de notas y la permanencia en las bolsas, donde el profesorado irá subiendo puestos gracias a la obtención de diferentes méritos, pudiéndose presentar a las oposiciones voluntariamente para subir la nota. 

Esto no es tarea sencilla, porque tenemos el caso de la Comunidad de Madrid, que implantó un sistema de ordenación de las listas de interinos donde la nota de oposición era lo prioritario para ordenar las bolsas, tomándose en cuenta en un 80% para calcular la nota con la que estará dentro de la bolsa. Esta medida es interesante para los aspirantes que no tienen tiempo de servicio, es decir, los recién titulados que se presentan por primera vez. Les es fácil conseguir trabajar por primera vez de lo que les gusta, pero si se descuidan, esta medida puede ser "pan para hoy y hambre para mañana". Si a la siguiente convocatoria suspenden o bajan la nota, se les mantiene una prórroga con la nota de la anterior oposición, pero igualmente pueden bajar muchos puestos en la bolsa. Si los nuevos aspirantes han sacado una buena nota u otros la han mejorado, si tenemos en cuenta que el tiempo de servicio se valora muy poco (un 15%) a la hora de ordenar las listas, perfectamente podrás bajar unos 300 puestos en la bolsa. Esto lo he podido comprobar al contrastar las listas de 2013 y 2015 de la especialidad de Educación Primaria en la Comunidad de Madrid, tras la convocatoria de Oposiciones en esos respectivos años. Desde la Consejería de Educación, se afirmaba que la intención era que solamente los mejores fuesen los docentes, pero la realidad es que con esta medida luego se ahorran, a lo tonto, el pago de trienios y sexenios al contratar continuamente a personas nuevas sin experiencia, dejando a gente que precisamente sacó una nota baja o suspendió porque, en vez de estudiar, estaban dedicados a su trabajo como docente (y no digamos si tienen además una familia a la que atender). Yo siempre digo que el docente se construye con la experiencia diaria ejerciendo como docente, y no pasándose el día estudiando. Es importante que todos pasemos por la etapa de opositar porque resulta enriquecedora, pero luego donde aprenderemos más es cuando ejerzamos. Un futbolista no aprende a jugar mejor al fútbol pasándose el día leyendo libros sobre táctica o viendo vídeos de partidos de fútbol, si luego no entrena.

Entre todas las aportaciones que he ido leyendo, ¿cuál sería mi sistema de acceso al funcionariado ideal, para todos los cuerpos y especialidades docentes?
  1. Todo el mundo debería pasar al menos una vez el proceso selectivo. Incluiría pruebas escritas y orales. La prueba del temario debería ser sustituida, ya que es una prueba anticuada donde el opositor prácticamente termina memorizando un temario, del cual de forma aleatoria solamente deberá exponer uno de ellos. Esto convierte las oposiciones en una auténtica lotería, porque puede llegar el caso de que domines bien los primeros 20 temas de los 25 que por ahora componen el temario del Cuerpo de Maestros de la especialidad de Educación Primaria, y te salgan las bolas de los temas 21 y 22, y luego uno se estudia bien solamente los temas de Matemáticas (del 20 hacia adelante), y le salga el tema 25, que es de Estadística. Y hala, el primero suspende y el segundo aprueba. ¿Es justo? ¿Como demostramos que esa persona domina bien los contenidos relacionados con las áreas restantes? Yo pondría una prueba escrita donde el opositor deberá responder a diferentes cuestiones donde deba aplicar los contenidos del temario a diferentes supuestos, y donde deba aplicar los contenidos de diferentes temas a una misma pregunta. A la hora de seleccionar las cuestiones, deberá ser lo más proporcional posible para que recoja las bases fundamentales de todos los temas. Así demostraremos quién se ha preparado mejor. Podríamos combinar las pruebas escritas del temario y del caso práctico en una sola prueba. También, y aquí sí comparto el modelo que se sigue en Madrid, pondría una prueba de conocimientos generales del currículo. Es importante que los docentes sepan estrategias para la enseñanza y la tutoría, pero también deben dominar los conocimientos que deben impartir. ¿Cómo vas a enseñar Química si no sabes resolver bien los problemas de Estequiometría? ¿O no sabes analizar sintácticamente una frase simple, ni identificar el complemento directo?
  2. En cuanto a la fase oral, mantendría la prueba de la programación didáctica y la exposición de una unidad didáctica. Eso sí, daría la suficiente libertad para que el opositor pudiera traer aparatos tecnológicos que sirvieran de apoyo para su exposición. Se trata de que el alumnado defienda su propuesta, no es necesario memorizarla porque no conozco a ningún docente que se aprenda su programación y el desarrollo de todas las unidades didácticas de memoria. Ahí ya podrá diseñar todos los recursos de la unidad didáctica. Eso sí, le recomendaría que no dependiese de Internet para su exposición por si no hubiera conexión disponible o fallase. Es decir, si quiere mostrar una web, mejor guardarla en tu ordenador o si es un vídeo, descargarlo.
  3. Se ordena a todos los aspirantes por la nota media ponderada entre la fase de oposición y la fase de concurso. Los que han aprobado, se convertirán en "aspirantes en prácticas". Quiere decir que pasarán un curso académico entero trabajando en un centro educativo, contando con un tutor, donde aprenderán las nociones básicas de la profesión. Estas prácticas serán remuneradas y cotizarán a la Seguridad Social por ello. Si son muchos y no hay suficiente dinero, propondría que fuese a media jornada. Es decir, que al menos fuesen 3 horas de clase y luego 2 horas preparando clases y asistiendo a las horas de coordinación docente y de tutorías, y luego en el siguiente turno entra otro aspirante en prácticas. Esto habrá que programarlo adecuadamente. La cuestión es que nadie se quede sin prácticas y que todos reciban un sueldo por ello. Esta fase podrá ser convalidada si acredita haber ejercido al menos dos cursos académicos como docente en la misma especialidad en un centro privado o concertado. Si resulta que encuentra trabajo en un colegio o desea aplazar esta fase por causas de fuerza mayor, podrá hacerlo y aplazarlo para el siguiente curso. Aunque pueda convalidarla, si igualmente prefiere por razones personales pasar esta fase, es libre de acceder a ella. Al finalizar el período deberán entregar una memoria de actividades y presentar una propuesta didáctica de mejora para el próximo curso. También deberá asistir a actividades formativas durante ese curso. La finalidad de ordenar a los aspirantes por nota es porque los que obtengan mejores notas podrán elegir el centro educativo que deseen y sus características. Los últimos, tendrán que elegir entre las opciones que les queden. Vamos, que el primer aspirante de la lista podrá escoger el colegio que está al lado de su casa para hacer la fase de prácticas.
  4. Una vez que han aprobado, se crean dos listas. En primer lugar, una lista de aspirantes, y en segundo lugar una lista con todos aquellos que ya tengan tiempo de servicio, aunque sea un solo día. ¿Por qué los divido? Los aspirantes tienen más difícil conseguir los mismos méritos que un interino porque no tienen tiempo de servicio ni pueden participar en proyectos educativos, así que no es justo meterlos en el mismo saco. Los aspirantes competirán entre ellos con un baremo diferente donde se les valore más la formación permanente, la realización de másteres y el doctorado u otros grados universitarios, el aprendizaje de idiomas, publicaciones en revistas divulgativas y científicas de interés, la experiencia laboral en centros privados y concertados, el voluntariado relacionado con la educación (eso sí, debe ser acreditado), e incluso que hayan trabajado de monitor o de becario en la universidad si está relacionado lo que han realizado con la educación (por ejemplo, participar en un proyecto de investigación). Por su parte, los interinos tendrán un único baremo donde, además de todo lo anterior, se les contará el tiempo de servicio como funcionarios interinos, la participación en proyectos educativos, cursos o talleres impartidos, intercambios escolares, etc. A ambos se les contará la nota de oposición, pudiéndola subir voluntariamente en la siguiente oposición, tanto aspirantes como interinos, sin bajarla en ningún momento. Cuando se termine la lista de interinos, pasaremos a tirar de la lista de aspirantes, y los "elegidos" ascenderán al listado de interinos, pudiendo entonces acceder a un nuevo baremo. Las plazas de funcionario de carrera se repartirán entre los interinos que se encuentren en las primeras posiciones. Es decir, que las oposiciones básicamente servirán solamente para acceder a las bolsas, y las plazas se las llevarán aquellos que se encuentren en las listas de interinos y hayan alcanzado suficientes méritos para poder ganarse la plaza de funcionario de carrera, entre nota de oposición (recuerdo que solamente es necesario presentarse una vez y ya de forma voluntaria puedes presentarte para subir la nota), tiempo de servicio, formación, publicaciones, participación en proyectos educativos, etc. Es decir, aquellos que con sudor y esfuerzo se lo hayan ganado. El hecho de dominar una lengua extranjera debería ser un mérito más, y no un requisito que conlleve a la exclusión de un docente. Si acaso, aquellos que posean la habilitación lingüística, podrán ser seleccionados para ocupar vacantes de perfil bilingüe, y se irán dando "saltos" en las listas hasta llegar al primero que cumpla ese requisito. Lo mismo para aquellos que acepten trabajar en plazas de jornada a tiempo parcial, de interinidad en centros de diferentes municipios o en centros de difícil desempeño. Es decir, los puestos de carácter voluntario.
  5. El hecho de que sean funcionarios de carrera no conlleva a que dejen de formarse. La formación permanente del profesorado debería regularse de forma que todo el funcionariado debería dedicar el mes de julio a formarse. Para ello se programarían actividades formativas, tanto presenciales como a distancia, de realización obligatoria aunque se les tendría en cuenta para la productividad.
Estas propuestas no son originales porque las he ido aprendiendo a partir del diálogo con opositores, funcionarios y docentes universitarios. Son propuestas que he ido tomando para diseñar esta propuesta, que puede gustar o no. Acepto que sea debatida por todos aquellos interesados. Recordad que la finalidad es crear el mejor sistema de acceso posible, que sea el más justo y a la vez que permita seleccionar a los que mejor preparados están tanto a nivel de tiempo de servicio como de formación, y que todos por el hecho de aprobar pasen un tiempo de prácticas tutorizadas en un centro educativo y que para ser funcionario de carrera haya que pasar obligatoriamente por la etapa de funcionario interino.

¿Qué opináis? ¿Qué modificaríais en este sistema? ¿Plantearías unas oposiciones a nivel nacional, o preferiríais que fuese como ahora, cuyas competencias las tuviesen las comunidades autónomas?

Sugerencias de mejora (09/08/2015)

A raíz de las conversaciones que he mantenido sobre mi modelo, me han llegado una serie de sugerencias interesantes a tener en cuenta:

  1. En los actuales Grados de Educación Infantil y Educación Primaria, el alumnado universitario se encuentra al menos 6 meses realizando prácticas, además de tener que entregar el Trabajo Fin de Grado. Se considera que posiblemente no necesiten realizar otro período de prácticas, aunque ciertamente lo que yo proponía era la fase de prácticas que habitualmente realizan los que han obtenido la plaza. Si acaso podríamos revisar este apartado y adaptarlo a esta circunstancia para los graduados en Magisterio (sobre todo no quieren hacer más "trabajitos"). Eso sí, recomendaría dejarlo para los aspirantes al Cuerpo de Profesores de Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial. O si acaso para los antiguos planes de estudio de Magisterio, cuyas prácticas son solamente en total unos 3 meses, pues que lo hicieran. Pedir que justifiquen al menos un mínimo de créditos de Practicum en centros educativos para valorar si deben o no hacer las prácticas.
  2. Se ha sugerido la inclusión de una prueba de análisis psicológico del perfil del aspirante (¿un test de personalidad?), porque al fin y al cabo son personas que tienen que educar a nuestros hijos y estarán con ellos. ¿Estarán capacitados psicológicamente para desempeñar la labor educativa? Es interesante esta propuesta, habría que analizarla con detenimiento, aunque obviamente habría que contratar a especialistas en Psicología para analizarlas sin que sepan el nombre del opositor.
  3. Discrepan en las pruebas escritas y orales propuestas, algunas incluso que ya actualmente son vigentes. Se sugiere sustituir la prueba escrita por un examen tipo-test con preguntas de todo el temario, de forma proporcional, al estilo del MIR para Médicos. De esta forma se lograría evitar que el tribunal fuese subjetivo a la hora de evaluar. Aunque haya unos criterios de evaluación distribuidos desde la Administración, cada docente igualmente emite una valoración subjetiva partiendo de ellos. El único aspecto negativo es que no podría valorarse la creatividad del docente a la hora de resolver una serie de situaciones prácticas que puede encontrarse en un aula. Y en cuanto a la prueba oral, que es la de la programación didáctica, sugieren tres opciones: (1) Suprimirla, por considerar que se programa siempre en grupo y que es una programación surrealista en relación a lo que se hace en las escuelas, o como mucho pedir solamente la unidad didáctica (2) Que todos expongan la misma unidad didáctica o solamente una ya preparada desde el principio que sirva como modelo (es decir, se prepara solamente esa), por el tiempo que hay que dedicarle y los gastos que se hacen para los materiales y (3) Hacerla tal cual, pero grabarla en vídeo para que así el tribunal pueda tomarlo como apoyo para justificar sus evaluaciones.
  4. Hay personas que no le encuentran sentido a la prueba de conocimientos generales del currículo de tu especialidad. Como sabréis, en 2011 y en 2013 hubo un alto porcentaje de suspensos en la prueba de conocimientos generales del currículo de Educación Primaria en las oposiciones de la Comunidad de Madrid, lo cual dio lugar a una fuerte polémica y al cambio del sistema de ordenación de las listas de interinos. Independientemente de que los criterios de evaluación fuesen demasiado rigurosos (tenías que tener, en la mayoría de los casos, la pregunta PERFECTA para ser evaluada; si no, era un cero), es importante confirmar que nuestros docentes, los que van a dar clase a nuestros hijos o a nosotros mismos, posean unas nociones básicas (nadie es una enciclopedia, y no es necesario en los tiempos actuales donde con un "clic" tenemos mucha información disponible gracias a las TIC) de los contenidos de las materias a impartir. ¿Cómo vas a enseñar matemáticas en 6º de Educación Primaria si no sabes resolver una raíz cuadrada o una división con decimales en el dividendo y en el divisor? En los grados no sé, pero en los planes de estudios anteriores a Bolonia, al menos desde los últimos veinte años, se han centrado más en enseñar didáctica y psicología, y no se han repasado los conocimientos por darlos por sabidos, sobre todo los de cultura general (Ciencias Naturales y Ciencias Sociales). Yo crearía al menos una asignatura troncal anual de Cultura General, pero si no, exigiría esta prueba. Si acaso podríamos suprimirlas para el Cuerpo de Secundaria, ya que al proceder de titulaciones no enfocadas a la enseñanza (Filologías, Matemáticas, Química, Ingeniería, etc.), doy por hecho de que dominan los currículos a la perfección (si no, vaya unos graduados...).
  5. Hay funcionarios que pueden no poder realizar la formación en el mes de julio, sobre todo si forman parte del equipo directivo o si son convocados para formar parte de un tribunal de las oposiciones. No estaríamos atentando contra los derechos laborales (como se ha llegado a decir) porque precisamente el funcionariado, aunque no tengan actividad lectiva en el mes de julio, están a disposición para la Administración para cualquier tarea (como es la de formar parte de los tribunales de las oposiciones). Si acaso en estos casos podrían ser convalidadas, y en el equipo directivo adaptarlo de otra manera. Esto se iría viendo con el tiempo.
Estas son las principales propuestas sugeridas. Seguiré escuchando cualquier otra sugerencia y la iré comentando en esta misma entrada, aunque si se alarga mucho crearía una nueva entrada vinculada a ésta.

Otras sugerencias:

  1. 29/08/2015: Me he dado cuenta de que hay opositores que ya poseen un trabajo fijo o trabajan en un centro privado o concertado, pero que les gustaría poder aspirar a ser funcionario de carrera. A estos no les interesa entrar en una bolsa de interinos porque no van a dejar un trabajo fijo por, por ejemplo, una sustitución de dos semanas en un colegio que incluso les puede pillar lejos de casa, si no tuvieron opción de poder elegir. Estos detalles habría que tenerlos en cuenta.