Muchos de nosotros hemos estado acostumbrados a programar para impartir materias de lengua, matemáticas, ciencias sociales, etc., sea en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, etc., entre otras etapas educativas. Luego habrá otras personas que pertenezcan al cuerpo de Formación profesional y estén acostumbrados a programar por módulos, más que por materias. Pero, ¿qué sucede con la formación profesional para el empleo?
La formación profesional para el empleo, en la actualidad, la gestiona el Ministerio de Trabajo, o las consejerías de empleo en su caso. Anteriormente las competencias las tenía Educación, y antes incluso las tenía Empleo, pero ahora han vuelto a traspasarlas a Empleo, salvo que haya nuevos cambios más adelante. En ella se imparte una formación más orientada a la práctica que lo que se realiza en las etapas de Bachillerato o incluso en la enseñanza universitaria. Las principales enseñanzas de formación profesional para el empleo se desarrollan a través de certificados de profesionalidad. El certificado de profesionalidad es el instrumento por el cual se acredita, de manera oficial, las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, dentro del ámbito laboral. Con esta acreditación, se demuestra que el sujeto está capacitado para desarrollar una actividad laboral conforme dentro de una serie de competencias determinadas. De hecho, en los antiguos Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI), el alumnado obtenía un certificado que acreditaba las cualificaciones profesionales que poseía, y el nivel al que pertenecían (en este caso, al nivel 1, el más básico). Existen tres certificados de profesionalidad (niveles 1, 2 y 3), a cada cual mayor número de horas, más profundización y por ello más requisitos de acceso para los estudiantes. No vamos aquí ahora a explicar cómo funciona el sistema, sino a centrarnos en las programaciones didácticas. Si queréis más información técnica a nivel legislativo sobre los certificados de profesionalidad, os invito a consultar el Real Decreto 4/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad; y el Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
Si somos orientadores educativos, podríamos aspirar a trabajar en este sector, e incluso convertirnos en formadores. En los certificados de profesionalidad, existen varias familias profesionales diferentes, y entre ellas existe la de "Servicios socioculturales y a la comunidad". Existe un amplio catálogo de certificados que nosotros podríamos impartir, dada nuestra formación. Para ser formador, debes haber estudiado previamente el certificado de profesionalidad de "Docencia de la formación profesional para el empleo" (el antiguo curso de Formador Ocupacional), aunque estás exento de hacerlo si estudiaste previamente Magisterio, Pedagogía y/o Psicopedagogía, o si has trabajado como formador durante un mínimo de años. Los profesionales de la orientación educativa pueden impartir ese mismo certificado y otros, como el de "Atención al alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE) en centros educativos", que me estoy ocupando ahora de desarrollar precisamente.
Si somos orientadores educativos, podríamos aspirar a trabajar en este sector, e incluso convertirnos en formadores. En los certificados de profesionalidad, existen varias familias profesionales diferentes, y entre ellas existe la de "Servicios socioculturales y a la comunidad". Existe un amplio catálogo de certificados que nosotros podríamos impartir, dada nuestra formación. Para ser formador, debes haber estudiado previamente el certificado de profesionalidad de "Docencia de la formación profesional para el empleo" (el antiguo curso de Formador Ocupacional), aunque estás exento de hacerlo si estudiaste previamente Magisterio, Pedagogía y/o Psicopedagogía, o si has trabajado como formador durante un mínimo de años. Los profesionales de la orientación educativa pueden impartir ese mismo certificado y otros, como el de "Atención al alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE) en centros educativos", que me estoy ocupando ahora de desarrollar precisamente.
¿Cómo se desarrolla una programación didáctica para estas enseñanzas? De entrada, tenéis que examinar con detenimiento el Real Decreto que recoge todas las características del certificado de profesionalidad que vayáis a impartir. En la página web oficial del Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) dedicada a los certificados de profesionalidad, tenéis, como os he explicado, todas las familias profesionales con sus certificados de profesionalidad. Una vez que tengáis el Real Decreto, la mayoría de los certificados tendrán la siguiente estructura:
- Los certificados de profesionalidad están compuestos por dos tipos de módulos: Los de formación teórica (módulos formativos) y los de formación práctica (módulo de prácticas profesionales no laborales). Los primeros se corresponden con la formación que reciben en las aulas del centro de formación en el que os encontréis estudiando el certificado. Los segundos, habitualmente de 80 horas, se corresponden con las prácticas que haréis en una empresa. Equivale aproximadamente a un mes trabajando de lunes a viernes a tiempo parcial (4 horas).
- Habitualmente los módulos se dividen en unidades formativas. Es posible que, si miráis la ficha de cada certificado, esta unidad formativa se repite en algunos módulos. ¿Por qué sucede esto? Esto es debido a que, en ocasiones, se imparten módulos formativos sueltos, por ejemplo dentro de un curso de formación continua, y si se impartiera ese módulo por sí solo, es imprescindible haber cursado esa unidad formativa destacada porque recopila conocimientos básicos transversales. Obviamente si se estudia el certificado completo, basta con cursarlo una sola vez. Luego podríais convalidar las cualificaciones profesionales adquiridas cuando salga una convocatoria para ello, al igual que las podéis convalidar por experiencia profesional demostrable. Pero no entraremos en ese tema porque ahora estamos hablando de la programación didáctica.
- Cada una de estas unidades formativas tiene una serie de horas determinadas. Habrá módulos de 90 horas, otros de 60 horas, otros de 120 horas...según su importancia. Las horas del módulo se reparten en las unidades formativas, no debiendo ser un reparto proporcional estrictamente. Es decir, si es un módulo formativo de 100 horas, puede contener dos unidades formativas, y una de ellas ser de 30 horas y otra de 70 horas. Esto vendrá especificado en la ficha de cada certificado, cuando consultéis el Real Decreto (a partir de ahora, RD) correspondiente.
- Cada unidad formativa se divide en "unidades de aprendizaje" o "unidades didácticas", según como lo queráis llamar. Se trata de dividir la secuenciación de contenidos en diferentes bloques de temas de forma coherente. Habitualmente se acepta que una unidad de aprendizaje debe comprender entre 10-30 horas, aunque muchos las hacen de 15-20 horas. El hecho de darle a una unidad de aprendizaje más o menos horas dependerá de los contenidos que se impartan.
- Ahora vamos a la parte más importante, que son los contenidos mínimos, las capacidades a desarrollar y los criterios de evaluación. Cada uno de los módulos y unidades formativas recoge una serie de contenidos, capacidades y criterios de evaluación a tener en cuenta a la hora de diseñar nuestras programaciones didácticas. Ese listado de contenidos representa a los contenidos MÍNIMOS que se deben impartir. Es decir, tú puedes ser libre de incluir más contenidos, aquellos que consideres oportunos pensando siempre en lo que mejor sea para la formación de tu alumnado, pero esos contenidos que aparecen en el RD deben aparecer sí o sí. Si no aparecen, es díficil que el SEPE te acredite el certificado, es decir, que te lo valide. En cuanto al enfoque que le daremos a los contenidos y a las tareas que planteemos (incluyendo las de evaluación final), deben estar conectados con las capacidades que desarrollaría el alumnado y los criterios de evaluación. En cada unidad de aprendizaje no deben desarrollarse todas las capacidades, ya estableceremos en cada una cuál o cuáles trabajamos, pero sí que el contenido del temario que redactemos debe permitir desarrollar esas capacidades a nivel teórico y práctico. Y a la hora de plantear las tareas, deben permitir que los criterios de evaluación especificados puedan ser evaluados significativamente. Es decir, si uno de los criterios de evaluación dice que nuestro alumnado debe ser capaz de resolver supuestos reales vividos en el comedor del colegio cuando estemos atendiendo a un alumno/a con discapacidad motora, pues deben venir dentro del contenido recursos y orientaciones para trabajar esto, y que dentro de las tareas o pruebas escritas que planteemos, este supuesto sea propuesto para que sea resuelto por el alumnado.
- En cuanto al número de páginas que puede tener cada unidad de aprendizaje, dependerá de muchos factores, aunque yo por el momento redacto 2 páginas por cada hora de formación. Es decir, si una unidad de aprendizaje se corresponde con 15 horas de formación, pues el temario deberá ocupar unas 30 páginas, y el nivel de contenido debe ser coherente con el nivel del certificado. No es lo mismo redactar un temario para un nivel 1, donde el alumnado realizará funciones auxiliares y trabajarán para terceros, que un nivel 3 donde ya parte de una base científica y puede desempeñar mayores responsabilidades, incluso tener a gente trabajando para él. Debemos cuidar el lenguaje, debe ser formal pero a la vez claro. En la formación profesional para el empleo, debemos ser lo más prácticos posibles y claros. No es como en la universidad, que en asignaturas de 6 créditos de los de antes (cuando un crédito equivalía a 10 horas), podías perfectamente tener que estudiarte cuatro libros (lo he vivido yo), y ni por asomo el número de horas al que dedicabas al estudio se correspondía con eso. Luego te encontrabas otras asignaturas de ese número de créditos que parecían una broma. Pues en esta rama no existe tanta autonomía para que el profesorado pueda diseñar sus programaciones.
- En cuanto al resto, pues ya depende de la profesionalidad y capacidad docente de cada uno. Muchos de nosotros tenemos nuestros principios sobre cómo debe ser la metodología de enseñanza-aprendizaje en las aulas, y somos libres de darle nuestro enfoque metodológico preferido siempre y cuando cumplamos los requisitos que os he explicado para que vuestra programación sea validada por el SEPE. Si no es acreditada por éste, no servirá de nada. El SEPE aporta en su página web algunas guías para orientaros en la evaluación de los aprendizajes del alumnado en algunos de estos certificados (no vienen todos). Para la acreditación, ya todo eso se ocuparía de gestionarlo el centro de formación en el que trabajéis.
- No os asustéis si la programación didáctica de los módulos formativos, con todo, incluyendo actividades y pruebas escritas (sean exámenes o sean supuestos prácticos a resolver en clase, sin que haya un ambiente de examen), supera las 1000 páginas. Dependiendo del certificado, puede ser normal. Hacedlo "sin prisas, pero sin pausas", y poco a poco irá saliendo. Puede que hasta disfrutéis porque aprendáis cosas nuevas mientras leéis nuevos textos para diseñar los temarios.
Espero que mis orientaciones os sirvan. Con respecto a los requisitos para poder ser formador, además de poseer la formación pedagógica requerida que os he explicado antes, debéis o poseer la titulación previa requerida para demostrar que poseéis los conocimientos (dependerá de cada certificado), o tener una experiencia laboral mínima si no se posee la acreditación correspondiente en puestos de trabajo donde hayas desempeñado esas cualificaciones profesionales que acredita el certificado. No concreta un perfil laboral concreto, sino las cualificaciones profesionales. En ese sentido es muy abierto. En el caso de los orientadores, si sois pedagogos o psicopedagogos, no tendréis problemas, porque poseéis la formación pedagógica requerida (estáis exentos de cursarla) y además estáis acreditados para impartir algunos certificados como los que os he mencionado, incluyendo la formación pedagógica dirigida a aspirantes a ser formadores. Quienes tengáis el antiguo título de Formador Ocupacional, estáis exentos de cursarla también.
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